Fondo para el Fomento Turístico
Las micro, pequeñas y medianas empresas locales del sector turístico pueden postularse para acceder al Fondo para el Fomento Turístico, una línea de crédito que administra el IDEP Tucumán (Instituto de Desarrollo Productivo). Esta herramienta está orientado a fomentar, promocionar y apoyar proyectos en el sector turístico, que mejoren los servicios y las prestaciones turísticas de la provincia para generar, no sólo ganancias económicas, sino también un impacto positivo en el ámbito social de las comunidades receptivas.
Serán considerados de carácter prioritario aquellos proyectos cuyo desarrollo permita diversificar y ampliar la oferta turística actual de la provincia, entendiéndose por tal:
- Ampliación de la capacidad de prestación turística a través de la incorporación de bienes de capital asociados a la actividad de la empresa.
- Inversiones en infraestructura que tengan por objeto el desarrollo sustentable de la empresa y
la mejora de la calidad del servicio a brindar. - Desarrollar productos o servicios turísticos innovadores que representen una necesidad en el mercado.
- Modernización tecnológica de equipamiento destinado a la prestación turística.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta línea las empresas Micro, Pequeñas y Medianas. Así también como los emprendedores, cooperativas y los grupos de empresas radicadas en la provincia pertenecientes al sector turístico registradas y habilitadas por el Ente Tucumán Turismo:
- Agencias de Viajes y Turismo que se encuentren que posean número de legajo otorgado por el Ministerio de Turismo y Deporte de la Nación y/o el organismo de aplicación de la Ley 18829 . Además, deberán encontrarse con registro vigente en el Ente Tucumán Turismo como agencia de viaje receptiva de la provincia de Tucumán.
- Alojamientos que se encuentren habilitados por el Ente Autárquico Tucumán Turismo con su respectivo número de legajo otorgado, según lo dispuesto en la normativa vigente Ley N° 5204, Dec. Reg N° 2775/21 y Res. 5153/3-EATT, en alguna de las siguientes clases: Apart Hotel, Conjunto de Casas y/o Departamentos, Cabañas, Estancias Rurales, Hostel/Hostal, Hosterías, Boutique Hotel, Posadas y Residenciales.
- Prestadores de Turismo Activo habilitados por el Ente Tucumán Turismo según lo dispuesto en la Ley N° 9142 y Resolución 307/9-EATT.
- Prestadores de Turismo Rural Comunitario registrados por el Ente Tucumán Turismo según lo dispuesto en la normativa vigente.
- Artesanos que se encuentran registrados dentro del registro de la Ruta del Artesano.
- Productores vitivinícolas que se encuentren registrados como prestadores en el producto Ruta del Vino.
- Prestadores de Turismo en general que brinden servicios turísticos en forma directa al consumidor según los rubros detallados en la Ley N° 7484 en su Artículo N°19 con excepción de lo dispuesto en el presente documento detallado como “restricciones de la línea de crédito”.
- Emprendedores con proyectos turísticos que posean factibilidad aprobada por el Ente Tucumán Turismo, quien establecerá los requisitos mínimos según el proyecto que deberán presentarse para obtener la mencionada factibilidad.
No podrán postularse para este crédito los siguientes servicios:
- Gastronómicos
- Organizadores de eventos
- Rentadoras de autos
- Empresas de Transporte
- Departamentos y/o Casas : no se financiarán departamentos y/o casas destinadas al alquiler turístico temporario, entendiéndose a estas las comprendidas en la normativa provincial Resolución N° 2811/9 (EATT) – Alquiler Turístico Temporario para Municipios y Comunas.
- Franquicias: En ningún caso se financiaran establecimientos que posean administración de franquicias en cualquier rubro.
- Turismo Rural Comunitario, Turismo Vitivinícola y Artesanos Rurales Comunitarios: sólo se financiarán proyectos que incorporen equipamiento e infraestructura destinada a la mejora de la prestación del servicio turístico.
Condiciones y estructura de financiamiento
La línea podrá financiar un monto máximo de $2.000.000, salvo para grupos asociativos o cooperativas, en cuyo caso el monto máximo no podrá superar los $3.000.000.
El monto total del financiamiento no deberá superar el 70 % del monto total de cada proyecto.
- El plazo del crédito podrá estar constituido a DOCE (12) meses, VEINTICUATRO (24) meses, TREINTA Y SEIS (36) meses. El IDEP será el encargado de conceder o no dicho plazo, aunque no figure en el apartado anterior, de acuerdo a la evaluación del proyecto presentado.
- Tasa de interés: será fija del 20% anual nominal en pesos.
- Período de gracia: Para amortización de capital (no intereses) a considerarse a partir de la efectivización del primer desembolso de la línea. Se podrá solicitar como máximo para cada línea de crédito los siguientes períodos:
- Línea de crédito a DOCE (12) meses: Hasta TRES (3) meses.
- Línea de crédito a VEINTICUATRO (24) meses: Hasta SEIS (6) meses.
- Línea de crédito a TREINTA Y SEIS (36) meses: Hasta NUEVE (9) meses. La línea será la encargada de conceder o no dicho plazo de acuerdo a la evaluación del proyecto presentado.
- Sistema de Amortización: Francés. Las cuotas se determinarán en períodos mensuales. Pudiéndose modificar dicho plazo en función de las características de cada proyecto.
Selección de los proyectos
Se conformará un comité de evaluación, que será el encargado de realizar la aprobación definitiva de los proyectos presentados. El mismo será constituido por un integrante del IDEP, designado por su directorio, un integrante de la Caja Popular de Ahorros (CPA) de la provincia designado por su interventor, un integrante del Ente Tucumán Turismo, designado por su presidente y el MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de la provincia o quien este designe.
Para que el proyecto sea aprobado, deberá contar con la aprobación de la mayoría simple de los integrantes del comité de evaluación, debiendo contar con quórum minino de tres integrantes presentes, entre titulares y suplentes, para poder sesionar.